Comercio al por menor en puestos de venta móviles
Grupo 478 de la división 47. Contiene 3 clases.
Contexto de la división
por menor de combustibles), excepto el de vehículos automotores y motocicletas Esta división comprende la reventa (venta sin transformación) al público en general, realizada en almacenes por departamentos, tiendas, supermercados, comisariatos, o cooperativas de consumidores, vendedores ambulantes, sistema s de ventas por teléfono o correo, entre otros, de productos nuevos y usados, para su consumo y uso personal o doméstico. Para efectos de esta adaptación, y para establecer la clasificación de un establecimiento que dentro de sus actividades comerciales in volucre las clases 4721, 4722, 4723 y 4729, se cuentan estas categorías como una sola clase. Comercio especializado
Notas oficiales del grupo
Clases (3)
Actividades que incluye este grupo
- El comercio al por menor de alimentos, bebidas y tabaco en puestos de venta y mercados.
- El comercio al por menor de productos textiles, prendas de vestir y calzado en puestos de venta y mercados.
- El comercio al por menor de otros productos en puestos de venta y mercados como por ejemplo: tapices y alfombras, libros, juegos y juguetes, aparatos de uso doméstico, productos electrónicos de consumo, grabaciones de música y video, etc.
Correspondencia ISIC Rev. 4
El CIIU Rev. 4 A.C. se basa en la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de las Naciones Unidas (ISIC Rev. 4). La mayoría de los grupos mantienen la misma numeración en ambos sistemas.
Preguntas frecuentes
¿Qué clases pertenece al grupo 478 del CIIU? +
El grupo 478 «Comercio al por menor en puestos de venta móviles» contiene 3 clases: 4781 Comercio al por menor de alimentos, bebidas y tabaco, en puestos de venta móviles, 4782 Comercio al por menor de productos textiles, prendas de vestir y calzado, en puestos de venta móviles, 4789 Comercio al por menor de otros productos en puestos de venta móviles.
¿A qué división pertenece el grupo 478? +
El grupo 478 pertenece a la división 47 «Comercio al por menor (incluso el comercio al por menor de combustibles), excepto el de vehículos automotores y motocicletas», dentro de la sección G «COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; REPARACIÓN DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES Y MOTOCICLETAS».